Falsificaciones y réplicas

Esta entrada del blog va dedicada a la actual situación del mercado numismático en internet, donde podemos encontrar ofertas de todas clases de monedas, auténticas y falsas, estas últimas en una cantidad llamativa en los últimos días. Vayamos por partes.

Un primer grupo de piezas son reproducciones o imitaciones modernas que no tratan de engañar al consumidor: se trata de piezas editadas hace en torno a diez años para su difusión como coleccionables en distintos medios de prensa períodica, que reflejan monedas antiguas de manera mínimamente torpe o con indicación expresa como una (r). En cuanto divulgativas, estas piezas no generan ningún problema, al contrario, son una forma de difusión de la cultura.

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Otra clase de ofertas son discutibles. Se trata de ofertas censurables por cuanto que presentan como auténticas monedas falsas. Hay muchas, pero he seleccionado una pesa monetaria de Alfonso VIII. Conozco una docena de estas piezas, todas con el mismo cuño, salvo la que se reproduce a continuación, idéntica a otra que se ofreció a la venta hace bien poco tiempo. En este caso se ha simulado un desgaste absurdo en unas piezas que no se usaban en como forma de cambio.

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Finalmente, otras piezas son falsas, pero idénticas a las auténticas. Vendidas como réplicas, se introducen en el mercado unas piezas que en el corto o medio plazo van a generar confusión. Están bien hechas, muy bien, pero el mercado no merece que estas piezas circulen sin riesgo de que el propio mercado desaparezca. La calidad de la imitación sin duda merecería una firma de reconocimiento, pero la venta en estas condiciones es merecedora de reproche.

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Además del objeto a la venta, la descripción del artículo desconoce la realidad social y jurídica y genera confusión. Ningún artículo de la Ley 16/1985, del Patrimonio histórico español contiene referencia alguna a la falta de conocimiento por parte de la Administración de objetos con una antigüedad mayor a 100 años, ni contempla su necesaria titularidad pública. El art. 132 de la Constitución Española parte precisamente de la premisa de que el patrimonio histórico español se encuentra tanto en manos públicas como privadas y merece protección en ambos casos. Algunas leyes autonómicas, desde luego no todas, obligan a informar a la administración la existencia en manos privadas de bienes susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, pero no determinan un cambio de titularidad.

En segundo lugar, el vendedor desconoce que el mercado numismático existe en España desde que hay coleccionismo, ya en el siglo XVI, que hay catálogos de subastas desde 1880 en España, que el número de coleccionistas documentados en los años finales del s. XIX excede de 500, y sin duda hay muchos más, etc. El coleccionismo de monedas es antiguo y su comercio es lícito, admitido y regulado por la ley. Afortunadamente hay un mercado importante y serio en España y el objeto de su comercio esta libre de duda o de tacha.

Pero el final del artículo merece un comentario aparte. Según el vendedor comprar réplicas ayuda a frenar el expolio. Llamativo. Las imitaciones enajenadas en el artículo son fácilmente confundibles con las monedas auténticas y su introducción en el mercado generará precisamente una situación objetiva de expolio: la falsificación es una forma de expolio y, créanme, puede tener un alcance penal. A la falsificación de arte y antigüedades se dedicó recientemente un curso de verano y una exposición en La Rioja y a la materia se han referido varios artículos científicos en el número 116 (2015) de la revista La Ley Penal.

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Hay falsificadores (o replicadores, inventores o como se quiera) reconocidos en la historia, casos de Cavino o Becker. Sus obras son demandadas por su calidad numismática y son un reflejo de su tiempo. Hay catálogos que difunden, aprecian y explican su obra y sus piezas sin demandadas entre los coleccionistas actuales. Las «réplicas» idénticas son una forma de expolio, por supuesto que lo son, y generan eventuales perjuicios en personas no precavidas de buena fe en el corto plazo y ponen en peligro el mercado lícito en el que estas piezas precisamente se ponen a la venta. Bien están las réplicas si tienen una marca o una firma, al menos que aparezcan en un catálogo o que sus imágenes puedan ser consultadas por cualquiera para evitar su circulación sin aviso o facilitarla a quienes quieran tener un «remoneda» en sus monetarios. De veras, dejemos que se reconozca a quien tiene la habilidad de crear estas piezas excelentemente trabajadas, lo están, es un trabajo valioso. Pero háganse y pónganse en circulación sin confusión. Se agradece que se informe que las piezas son réplicas, pero informemos por completo,  el mercado se merece un catálogo de réplicas para funcionar y no desaparecer, en beneficio de todos.

Pero, por supuesto, más vale que alguien ponga coto a quienes venden como buenas piezas malas: esos son los malos de verdad.

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